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miércoles, 20 de junio de 2018

Cómo solicitar las ayudas para las cotizaciones a la seguridad social de deportistas de Alto Nivel

Tras la publicación de la reseña en el BOE

(https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/Pdf/688019_688020%20Reseña_BOE.pdf)  el pasado 5 de junio de 2018 de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convocan en el año 2018 ayudas para la protección social de los deportistas de alto nivel (https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/Pdf/688019_688020_2018_bases.pdf), os hacemos llegar la siguiente guía de información en referencia a la solicitud de dichas ayudas a través de las Federaciones Deportivas Españolas, que serán las entidades colaboradoras que gestionarán las solicitudes de los deportistas.

Apartado 0. Consideraciones previas.

Estamos ante un escenario único que debe promover que TODOS los deportistas de alto nivel puedan estar cotizando en la seguridad social en alguno de sus regímenes.

¿Qué motivos deben movernos a ello?

a) Vuestra actividad como deportistas de alto nivel suele retrasar la incorporación a la carrera profesional/laboral lo que incide enormemente en la acumulación de “tiempo de cotización” en la vida laboral de los deportistas de alto nivel que se encontrarán en desventaja en el futuro a la hora de acceder a, por ejemplo, pensiones de jubilación.

b) En caso de accidente grave, lesión o enfermedad derivada de nuestra práctica deportiva, si no estamos de alta como deportistas en la Seguridad Social, las coberturas que tendremos, a nivel de seguros en estos casos es muy limitada (a través del seguro de la licencia deportiva).

Poner ejemplo de la diferencia entre un accidente grave de un ciclista profesional y un ciclista amateur o un triatleta que sólo tiene licencia deportiva.


¿Cuál es la ayuda?

La subvención tiene el objeto de cubrir las Cuotas de seguridad social de los deportistas profesionales y de alto nivel. Por lo tanto se cubrirían:

a) La totalidad de las cuotas del trabajador devengadas entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018, cuando se trate de deportistas profesionales incluidos como tales en el Régimen General de la Seguridad Social.

b) Las cuotas mensuales devengadas entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018 tanto por estar de alta como deportistas profesionales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, como por haber suscrito un convenio especial.

¿Quién se puede beneficiar?

Los deportistas que se pueden acoger a estas ayudas deben cumplir los siguientes requisitos:
a) Deportistas que tengan reconocida su condición de Alto Nivel (DAN) en el momento de presentar la solicitud.
b) Que estén de alta en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud.
c) Que la práctica deportiva de alto nivel del deportista constituía la actividad principal de la persona que vaya a disfrutar de la cotización subvencionada, en el momento en que se hubieran obtenido los resultados deportivos que determinan el reconocimiento de la condición de deportista de alto nivel.
d) Que no desarrollen su actividad deportiva en equipos de fútbol adscritos a clubes y Sociedades Anónimas Deportivas que se encuentren inscritos en la Liga Nacional de Fútbol Profesional, ni en sus equipos de fútbol filiales o dependientes.
e) Que no obtengan ingresos anuales vinculados a su actividad deportiva que excedan de 6 veces el IPREM de 2017 (38.724,48 €), excluidas las becas.

¿Cómo se solicita?

- La solicitud de estas ayudas se realizará a través de la Federación deportiva nacional a la que esté adscrito el deportista y en la que haya obtenido el mérito para su condición de deportista de alto nivel en vigor.

- El formulario a cumplimentar lo puedes descargar en este enlace y entregarse en la Federación Nacional Correspondiente: https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/Pdf/688019_2018_ficha_del_deportista_v4.pdf

Plazo de solicitud

El plazo de solicitud definido es para las entidades colaboradoras (Federaciones Nacionales Deportivas), desde el 6 de junio de 2018 al 17 de julio de 2018 (30 días a partir del día siguiente a la publicación en el BOE). Serán las federaciones las que establezcan el plazo límite, anterior al 17 de julio, para que los deportistas presenten la solicitud correspondiente.



Apartado 1. Cuestiones iniciales. 

A) ¿Eres deportista de alto nivel en vigor en estos momentos?

- No. No puedes acceder a estas ayudas.
- Sí. Puedes tener posibilidad de solicitar estas ayudas.

Compruébalo en el siguiente link: http://www.csd.gob.es/csd/competicion/01deporteAltaCompeticion/03DepAltCompet/02DepAlNiv/consultasDAN/



B) ¿Estás dado de alta en algún régimen de la Seguridad Social?

- No. (Si estuvieras interesado pasa al apartado 2 para saber cómo puedes hacerlo)
- Sí. Trabajo por cuenta ajena para una empresa pero no como deportista de alto nivel. => No tendrías  opción a las ayudas salvo que te dieras de alta también como autónomo. (Ver apartado 2)
- Sí. Por cuenta ajena con un club o empresa como deportista profesional. Si no eres futbolista profesional en alguno de los clubes de la Liga de Fútbol Profesional o alguno de sus equipos filiales al finalizar este apartado pasa al apartado 3.
: solicitud de la ayuda.
- Sí. Por cuenta propia en el RETA (Régimen especial de trabajadores Autónomos). Al finalizar este apartado pasa al apartado 3.
- Sí. Estoy adscrito al convenio especial DAN. Al final pasar al apartado 3.

C) ¿Tus ingresos provenientes del deporte superan los 38.000€/año? (SON incluir becas y premios de los que están afectados por la exención del IRPF por tu condición DAN)

- Sí. Supero dicho límite de ingresos. No tienes derecho a solicitar las ayudas los años que superes dicho límite. En esta convocatoria se conceden ayudas para las cotizaciones de los años 2016, 2017 y 2018, por lo que, si alguno de los años superaras dicho límite de ingresos, sólo podrás recibir la ayuda correspondiente de los años en los que no superaras dicho límite.

Ejemplo: Si en 2016 y 2018 tus ingresos procedentes de la actividad deportiva, excluyendo becas y premios de CSD-COE-Federación nacional, superaron los 38.700€ pero en 2017 no fue así, sólo podrás solicitar las ayudas a la cotización para el año 2017.

- No. Pasa al apartado 2 o 3.


Apartado 2. Alta en la Seguridad Social.

En este apartado te vamos a orientar sobre qué régimen y cómo darte de alta en la seguridad social durante el mes de junio o julio de 2018 para que puedas presentar la solicitud de ayudas a la cotizaciones a la Seguridad Social para deportistas de alto nivel.

Si no estás dado de alta en la Seguridad social o lo estás por cuenta ajena y no te importa cotizar en pluriactividad este es tu apartado.

A) Estoy dado de alta en la Seguridad Social

1. Estoy dado de alta por cuenta ajena (no deportista profesional) pero quiero ampliar mi cotización ya sea porque trabajo a jornada parcial o porque quiero que se reconozca que cotizó como deportista (Enfermedades profesionales, accidente deportivo, ...).

Sí ya estás dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social solo tendrás opción, para optar a las ayudas, de darte de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). No podrías acceder al CONVENIO ESPECIAL DE DEPORTISTAS DE ALTO NIVEL, ya que este es incompatible con cualquier otra cotización a la Seguridad Social. al convenio especial DAN ).

Por tanto deberías darte de alta como trabajador autónomo en los epígrafes censales A04 (actividades deportivas y artísticas) y, respecto a las actividades económicas en hacienda en el IAE 047.

Recuerda que en el régimen especial de trabajadores autónomos tienes una serie de obligaciones como la presentación de liquidaciones del IVA trimestral y anual y del IRPF.


2. Estoy dado de alta en la Seguridad en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Para optar a las ayudas deberás comprobar tu alta censal alta como trabajador autónomo en los epígrafes censales A04 (actividades deportivas y artísticas) y, respecto a las actividades económicas en hacienda en el IAE 047. Si no fuera así, antes de solicitar la ayuda, deberías modificar dicha situación para poder recibir la ayuda a partir de la modificación.


3. Estoy dado de alta en la Seguridad Social en el Convenio especial para Deportistas de Alto Nivel.

Tendrás acceso a las ayudas en el periodo que se convocan y hasta estado dado de alta.


B) No estoy dado de alta en ningún régimen de la Seguridad social

En este caso debes valorar si darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en el Convenio especial para Deportistas de Alto Nivel.

La principal diferencia será tu actividad económica ya que en el Convenio Especial para Deportistas de Alto Nivel sólo realizas las aportaciones mensuales sin tener actividad económica y, por tanto, sin tener obligación de presentar documentación relacionada con impuestos como el IVA, mientras que si tenemos actividad económica relacionada con nuestra actividad deportiva que nos obligue a emitir facturas (Contratos con patrocinadores, publicidad, servicios, etc) deberemos darnos de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos con las obligaciones que este conlleva (Declaraciones trimestrales de IVA, etc)

En todos los casos en los que la decisión sea darse de alta tanto en el régimen especial de trabajadores autónomos como en el convenio especial para deportistas de alto nivel, dichos trámites deben realizarse en la administración d la Seguridad Social y con anterioridad a la presentación de la solicitud de las ayudas convocadas para este año, por tanto recomendamos darse de alta en este mes de junio de 2018.


Apartado 3. Solicitud de las ayudas.

a) Me descargo el formulario de solicitud para deportistas: https://sede.csd.gob.es/oficinavirtual/Pdf/688019_2018_ficha_del_deportista_v4.pdf

b) Lo cumplimento
a. Datos Personales (Nombre, apellidos y DNI)
b. Indico el importe a subvencionar:
i. Si estoy de alta como autónomo con anterioridad a junio de 2018 deberé sumar las cuotas abonadas (Si fueran sobre la base mínima*) de los meses que he estado de alta desde julio de 2016 más las cuotas que abonaré desde julio a diciembre de 2018.
ii. Si estoy dado de alta como deportista profesional por cuenta ajena a través de mi club u otra entidad deberé sumar las cuotas que aparecen en mis nóminas entre julio de 2016 y junio de 2018 aportadas por el trabajador a la seguridad social, así como la previsión de dichas cuotas desde julio de 2018 a diciembre de 2018.
c) Firma del documento
d) Entrega en la federación española que te corresponda. (En caso de estar afiliado a más de una debería ser en la que hayas obtenido el mérito por el que estás reconocido como deportista de alto nivel)

*Cuotas sobre la base mínima del régimen de autónomos
Desde julio de 2016 a junio de 2017: 267,03€
Desde julio de 2017 a junio de 2018: 275,02€
Previsión desde julio de 2018 a diciembre de 2018: 275,02€


Información Práctica 1: ¿Cuál es mi situación?

Situación a junio de 2018
¿Qué debo hacer?
Cálculo de la Cuota
Soy deportista de alto nivel, no estoy dado de alta en ningún régimen de la Seguridad Social pero me interesaría.
a)       Darte de alta como autónomo o a través del convenio especial DAN en junio de 2018.

b)       Solicitar la ayuda hasta diciembre de 2018.
Para calcular la cuota de aportaciones a la Seguridad Social que vas a tener que solicitar, debes sumar las cuotas que deberás pagar desde junio de 2018 (Alta) hasta diciembre de 2018 según las bonificaciones que te puedan corresponder.

Una vez te des de alta y sepas cuál será tu cuota de cotización.
Soy un deportista de alto nivel, estoy dado de alta como autónomos con anterioridad a junio de 2018
Solicitar la ayuda sobre las cuotas abonadas entre julio de 2016 y las que se van a abonar hasta diciembre de 2018


Realizar la suma de las cotizaciones realizadas hasta junio de 2018:

Base mínima de julio de 2016 a junio de 2017: 267,03€
Base mínima de julio de 2017 a junio de 2018: 275,02€

(Tope de la ayuda computando la misma cuantía de la base mínima entre julio y diciembre de 2018 = 8154,72 €)

Soy un deportista de alto nivel, estoy dado de alta como deportista profesional, contratado por mi club, con anterioridad a junio de 2018
Solicitar la ayuda sobre las cuotas abonadas entre julio de 2016 y las que se van a abonar hasta diciembre de 2018

Sumar las cuotas a la Seguridad Social abonadas por el trabajador de las nóminas desde julio de 2016 y la previsión hasta diciembre de 2018.
Soy un deportista de alto nivel y he estado de alta como autónomo en algún periodo entre julio de 2016 y junio de 2018
Darte de alta como autónomo o a través del convenio especial DAN en junio de 2018.

Solicitar la ayuda del periodo en el que has estado de alta como autónomo con anterioridad y a futuro hasta diciembre de 2018
Sumar las cuotas a la Seguridad Social en el régimen de autónomos abonadas por el trabajador con anterioridad entre julio de 2016 y junio de 2018.

Sumar las cuotas a la seguridad social como trabajador autónomo a abonar entre junio de 2018 y diciembre de 2018
Soy un deportista de alto nivel, estoy dado de alta como deportista profesional, contratado por mi club, en algún periodo entre julio de 2016 y junio de 2018
Darte de alta como autónomo o a través del convenio especial DAN en junio de 2018.

Solicitar la ayuda del periodo en el que has estado de alta como deportista profesional con anterioridad y a futuro como autónomo hasta diciembre de 2018
Sumar las cuotas a la Seguridad Social abonadas por el trabajador de las nóminas con anterioridad entre julio de 2016 y junio de 2018.

Sumar las cuotas a la seguridad social como trabajador autónomo a abonar entre junio de 2018 y diciembre de 2018















































Información práctica 2: ¿Cómo me doy de alta como autónomo?

Para darte de alta como autónomo debes realizar dos gestiones.

Darte de alta en Hacienda antes de iniciar tu actividad. Para ello debe presentar la declaración censal (modelos 036 y 037), en la que notificarás tus datos personales, la actividad a la que te vas a dedicar, la ubicación de tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar.

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientos/G322.shtml

El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036 que pueden utilizar casi todos los autónomos (salvo por ejemplo los que tengan regímenes especiales de IVA o deban figurar en el registro de operaciones intracomunitarias) ya que podrán presentarlo todas las personas físicas dotadas de NIF y en las que el domicilio fiscal coincida con el de gestión administrativa, siempre y cuando no estén incluidos en los regímenes especiales del IVA (con excepción del simplificado, agricultura, ganadería y pesca o de recargo de equivalencia) ni figuren en el registro de devolución mensual (REDEME), el de operadores intracomunitarios, o el de grandes empresas.

A la hora de declarar la actividad tendrás que seleccionar alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), regulados en el Real Decreto Legislativo 1175/1990, donde se incluyen unos amplios listados de actividades empresariales y profesionales. Lo normal será que estés exento del pago del IAE, ya que sólo se debe pagar en el caso de facturar más de un millón de euros anuales. Si no estuvieras exento deberás presentar el modelo 840/848.

En tu caso, para tener opción a las ayudas a las cotizaciones de la Seguridad Social para Deportistas de Alto Nivel, deberías darte de alta el código de actividad A04 correspondiente a “Actividades Profesionales de carácter artístico o deportivo” 

En Hacienda, en el impuesto de actividades económicas, deberás darte de alta en uno de los siguientes, normalmente el Grupo 047:

Agrupación 04. Actividades relacionadas con el deporte.
GRUPO 041. JUGADORES Y ENTRENADORES DE FÚTBOL.
GRUPO 043. PILOTOS, ENTRENADORES Y PREPARADORES DE MOTOCICLISMO Y AUTOMOVILISMO.
GRUPO 044. BOXEADORES, ENTRENADORES Y PREPARADORES DE BOXEO.
GRUPO 045. JUGADORES, ENTRENADORES Y PREPARADORES DE BALONCESTO.
GRUPO 046. CORREDORES, ENTRENADORES Y PREPARADORES DE CICLISMO.
GRUPO 047. JUGADORES, ENTRENADORES Y PREPARADORES DE BALONMANO, VOLEIBOL, PELOTA Y OTROS DEPORTISTAS DE LA HÍPICA, LUCHA, ETC.*
GRUPO 048. ÁRBITROS DE ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS.
GRUPO 049. OTRAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL DEPORTE, N.C.O.P.

*Si no eres ni jugador de fútbol, ni de baloncesto, ni ciclista, ni de motor, ni de boxeo tu epígrafe es el 047


Presentar solicitud (modelo TA-0040) ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración

http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/Altabajayvariaciond44113/Altabajayvariaciond44128/index.htm




Información práctica 3: ¿Cómo me doy de alta en el Convenio Especial para Deportistas de Alto Nivel?


(Falta)





Cualquier consulta no dudéis en preguntar, los comentarios tienen que ser moderados pero los iré contestando todos de forma pública o privada según me digáis.



Os dejo los enlaces a diferentes artículos para que podáis ampliar la información:


Por qué los menores de edad no puede cotizar como autónomos: 
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/RegimenesQuieneslos10548/RegimenEspecialdeTr32825/index.htm#32827

lunes, 26 de octubre de 2015

Atletas de Alto Rendimiento nacional: Qué es, requisitos, beneficios y cómo solicitar certificado

Todos tenemos claros quienes son los deportistas condición de Deportista de Alto Nivel nacional, otorgada por el CSD a propuesta de las federaciones nacionales y que se publican en el BOE cada año, sus renovaciones, y se pueden consultar en la Web del CSD qué deportistas lo tienen en vigor y hasta cuando.

Sin embargo la condición de DEPORTISTA DE ALTO RENDIMIENTO NACIONAL*, por así decirlo, justo por debajo de la anterior, es una condición que queda más en el aire ya que no se publican listados y son las federaciones nacionales las encargadas de emitir el certificado correspondiente que puede tener una validez, a efectos de los beneficios a los que se puede acceder, de hasta 3 años.

* Aclarar que pongo "Nacional" porque, a continuación existen las diferentes denominaciones para deportistas de alto nivel/alto rendimiento o élite autonómica que son definidos en cada CCAA por sus leyes del deporte. Pero que a veces se suelen confundir:

- Deportista de Alto Nivel Nacional = DAN (Aparecen en el BOE).
- Deportista de Alto Rendimiento Nacional = DAR (Requisitos dependientes de las federaciones nacionales).
- Deportista de Alto Rendimiento autonómico = DAR Regional. Con diferentes denominaciones: Alto Nivel, Alto rendimiento, Élite, ... Son definidos en las leyes y relamentos autonómicos y sus beneficios sólo se pueden disfrutar en la comunidad autónoma en la que obtiene dicho reconocimiento.

Ejemplo: Un deportista de alto rendimiento regional por Extremadura no puede beneficiarse del cupo de acceso a la universidad en una universidad en Madrid, sólo en las Universidades en su ámbito autonómico.


Precisamente uno de los beneficios más reclamados para solicitar el certificado de deportista de alto rendimiento nacional suele ser acceder al cupo reservado de acceso para formación reglada, universitaria y no universitaria, de ahí que, sobre todo en épocas de matriculación en la universidad, mayo/junio, sean muchos los padres de deportistas que contacten con las federaciones nacionales de sus deportes solicitando la expedición de dicho certificado.

La Federación española de atletismo, ante la gran cantidad de solicitudes, muchas veces sin tener los deportistas y padres, una ajustad idea de los requisitos que hay que reunir para solicitar dicha acreditación, publicó a principios de año una circular que aclara mucho los requisitos que deben cumplir los deportistas para acceder y solicitar dicha acreditación a la federación española de atletismo y cómo hacerlo.

A continuación os dejo el link a dicha circular y la transcribo para que sea más accesible a consultas ya que en la web de la RFEA está en formato PDF:



DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO 

De acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento (BOE 177), además de la consideración de Deportistas de Alto Nivel, para aquellos que hayan obtenido el puesto establecido en el dicho RD en Campeonatos de Europa y del Mundo, en sus diversas categorías, Juegos Olímpicos y Ranking Mundial, tendrán la consideración de DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO y les serán de aplicación las medidas previstas en el artículo 9 del citado Real Decreto, en relación con el seguimiento de los estudios, aquellos atletas con licencia nacional, que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

a) Que hayan sido seleccionados para representar a España en competiciones oficiales internacionales en categoría absoluta, en al menos uno de los dos últimos años.

b) Que hayan sido seleccionados para representar a España en competiciones oficiales internacionales en categorías de edad inferiores a la absoluta, en al menos uno de los dos últimos años.

c) Que sean deportistas calificados como de alto rendimiento o equivalente por las comunidades autónomas, de acuerdo con su normativa. Las medidas de apoyo derivadas de esta condición se extenderán por un plazo máximo de tres años, que comenzará a contar desde el día siguiente al de la fecha en la que la comunidad autónoma publicó por última vez la condición de deportista de alto rendimiento o equivalente del interesado.

d) Que sigan programas tutelados por RFEA en los centros de alto rendimiento reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.

e) Que sigan programas de tecnificación tutelados por la RFEA, incluidos en el Programa nacional de tecnificación deportiva desarrollado por el Consejo Superior de Deportes.

f) Que sigan programas de tecnificación tutelados por la RFEA.

g) Que sigan programas tutelados por las comunidades autónomas o federaciones autonómicas, en los Centros de tecnificación reconocidos por el Consejo Superior de Deportes.

Las condiciones descritas en los apartados anteriores suponen diferentes niveles deportivos, otorgándose preferencia, en cuanto a la aplicación de dichas medidas de apoyo, a los deportistas incluidos en el apartado a) sobre los del b), a los del b) sobre el c), a los del c) sobre el d), y así sucesivamente.

En todo caso, en orden a la obtención de las medidas de apoyo previstas en el artículo 9 del presente real decreto, tendrán preferencia los deportistas calificados como de alto nivel por el Secretario de Estado-Presidente del Consejo Superior de Deportes


Beneficios de los DEPORTISTAS CON LA CONDICIÓN DE ALTO RENDIMIENTO NACIONAL

REAL DECRETO 971/2007, DE 13 DE JULIO Artículo 9.

Medidas para promover la formación y educación, y facilitar el acceso a las diferentes ofertas formativas del sistema educativo, para los deportistas de alto nivel y alto rendimiento.

1) Acceso a los estudios universitarios.
Anualmente, las comunidades autónomas reservarán, para quienes acrediten su condición de deportista de alto nivel, y reúnan los requisitos académicos correspondientes, un porcentaje mínimo del tres por ciento de las plazas ofertadas por los centros universitarios en los que se den las circunstancias previstas en el Real Decreto 1742/2003, de 19 de diciembre, por el que se establece la normativa básica para el acceso a los estudios universitarios de carácter oficial, o normativa que lo sustituya.

a) Los Consejos de Gobierno de las universidades podrán ampliar el porcentaje de plazas reservadas a deportistas de alto nivel.
b) Las Universidades valorarán los expedientes de estos alumnos conforme a lo dispuesto en la normativa aplicable.
c) Los centros que impartan los estudios y enseñanzas en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Fisioterapia y Maestro de Educación Física, reservarán un cupo adicional equivalente como mínimo al cinco por ciento de las plazas ofertadas para los deportistas de alto nivel, que se mantendrá hasta la convocatoria de septiembre, pudiendo incrementarse dicho cupo.
d) Los deportistas de alto nivel estarán exceptuados de la realización de pruebas físicas que, en su caso, se establezcan como requisito para el acceso a las enseñanzas y estudios en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.

2) Educación Secundaria Obligatoria.
En los procedimientos de admisión de alumnos, en los centros públicos o privados concertados que impartan la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), cuando no existan plazas suficientes, se contemplará como criterio prioritario la consideración de deportista de alto nivel o de alto rendimiento. La materia de Educación Física será objeto de posible exención, previa solicitud del interesado, para aquellos deportistas que acrediten la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento.

3) Enseñanza Postobligatoria.

a) Formación Profesional. En relación con los ciclos de grado medio y grado superior, las Administraciones educativas establecerán una reserva mínima del cinco por ciento de las plazas ofertadas para los deportistas que acrediten la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento y que cumplan los requisitos académicos correspondientes. En lo referente al acceso a las enseñanzas conducentes a los títulos de formación profesional de la familia de Actividades Físicas y Deportivas, los deportistas que acrediten la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba de acceso que sustituye a los requisitos académicos.
b) Bachillerato. En los procedimientos de admisión de alumnos, en los centros públicos o privados concertados que impartan el Bachillerato, cuando no existan plazas suficientes, se contemplará como criterio prioritario la consideración de deportista de alto nivel o de alto rendimiento. La materia de Educación Física podrá ser objeto de exención, previa solicitud del interesado, para aquellos deportistas que acrediten la consideración de deportista de alto nivel o de alto rendimiento.

4) Enseñanzas Artísticas.
En relación con los ciclos de grado medio y grado superior, las Administraciones educativas establecerán una reserva mínima del cinco por ciento de las plazas ofertadas para los deportistas que acrediten la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento que cumplan los requisitos académicos correspondientes, y superen la prueba específica. En relación con las enseñanzas artísticas superiores, las Administraciones educativas establecerán una reserva mínima del 3 por ciento de las plazas ofertadas para los deportistas que acrediten la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento, y que cumplan los requisitos académicos correspondientes y superen la prueba específica.


ORDEN EDU/2739/2009, DE 1 DE OCTUBRE Artículo
3.- Exención de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato

1. Podrán solicitar la exención de la materia de Educación Física de Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, quienes cursen estos estudios y simultáneamente acrediten tener la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento, o realizar estudios de las enseñanzas profesionales de Danza.
2. El alumno exento de la materia de Educación Física no será evaluado de esta materia.
3. La materia de Educación Física no será computada para el cálculo de la nota media del Bachillerato, en el caso del alumnado al que se le haya reconocido la exención de esta materia.


¿Cómo se solicita a la Federación Española de Atletismo el certificado de Deportista de Alto Rendimiento si se cumplen los requisitos para ello?

Para solicitar el certificado de Deportistas de Alto Rendimiento se deberá remitir una solicitud a la Secretaría General de la RFEA (secgeneral@rfea.es ), indicando nombre, apellidos, nº de DNI, condición que cumple para su solicitud y, cuando sea por participación con el Equipo Nacional, nombre de la competición, indicando fecha y lugar.



Espero que esta información sea de vuestro interés y ayuda ;-)

Más información relacionada:

¿Qué es y qué beneficios tiene la condición de Deportista de Alto Nivel Nacional?

¿Qué resultados deportivos me pueden otorgar la condición de Deportista de Alto Nivel Nacional?

¿Qué es el Programa de Atención a Deportistas de Alto Nivel y cómo solicitar mi acceso si soy Deportista de Alto Nivel?


viernes, 20 de diciembre de 2013

Tus compras online con retorno para el deporte: "Ayuda y Ahorra" y "federados con el deporte"

El pasado lunes 16 de diciembre, escuché en las noticias en TV, que sería el momento que más compras se realizarían de cara a las fechas navideñas a través de internet. Un minireportaje sobre las empresas de venta por internet y plataformas logísticas que trabajan al 200% para cubrir la demanda.

Comprar por internet productos, servicios y regalos es cada vez más habitual y con este post os propongo dos fórmulas para que vuestras compras por internet de estas Navidades, y durante todo 2014, tengan un fondo de apoyo al deporte y a los deportistas.

AYUDA Y AHORRA

Después del verano, en el mes de octubre, se lanzó el proyecto Ayuda y Ahorra una central de compra en internet que mediante "cashback" nos ofrece descuentos especiales en multitud de productos a través de los proveedores directos de los mismos (Tiendas online) y, además, nos permite dedicar parte del lo gastado en dichas tiendas para apoyar directamente proyectos deportivos, de deportistas o equipos, y una aportación al banco de alimentos.

Empresas como Letsbonus, Telepizza, Edrams, 1&1, y muchos más de ámbitos como regalos, moda y complementos, alimentación, viajes, alquiler de vehículos, productos informáticos y un largo etcétera, están presentes en la Web.

El proceso es muy simple, desde la web de Ayuda y ahorra se accede a las webs de estas empresas y con el "rastro digital" al realizar la compra online en dicha web esta se registrará y se nos abonará en nuestra cuenta el descuento y el dinero que disponemos para poder donar a un deportista o proyecto deportivo.

FEDERADOS CON EL DEPORTE

La segunda web es una plataforma con el mismo sistema que la anterior que se lanzó el pasado mes de noviembre www.federadosconeldeporte.com lanzada con el apoyo del Consejo Superior de Deportes y bajo el mismo sistema de descuentos un porcentaje del dinero que gastemos irá a las federaciones nacionales de los diferentes deportes.

Cuando te registras en la Web eliges la federación nacional de tu deporte favorito o el que practicas y la mayor parte del dinero que generen tus compras irá a esa federación deportiva´y otra pequeña parte a repartir ente el resto a modo de fondo común.

Si te quejas de que tu deporte o tu deportista favorito no tiene ayuda, tienes la solución a un par de clics, regístrate:


www.ayudayahorra.com



www.federadosconeldeporte.com



Ya no tienes excusa, con un par de clics antes de hacer tus compras online de estas Navidades o durante 2014, podrás apoyar a tu deporte preferido o a tus deportistas favoritos.



martes, 10 de diciembre de 2013

Puesta en marcha del Gabinete de Ayuda a Deportistas - Asociación de Deportistas y Consejo Superior de Deportes

La pasada semana se escenificaba en el CSD la firma de un convenio entre la Asociación de Deportistas y el Consejo Superior de Deportes para la puesta en marcha del Gabinete de Ayuda al Deportista (GAD).

Desde este gabinete, integrado en la estructura de la Asociación de Deportistas (Atención de 9 a 15h de lunes a viernes: 91 448 59 66 - Mov. 608 90 20 15 o en el siguiente formulario) se pretenden recabar las demandas y problemas de los deportistas de alto nivel y alto rendimiento españoles para canalizarlas a través de la Asociación de Deportistas a las instancias deportivas oportunas, con el apoyo del CSD.

Este gabinete no es uno más de atención general como pueda ser la oficina de atención al deportista del Comité Olímpico Español o como el Programa de Atención a Deportistas (PROAD) que atiende los ámbitos de la formación y del empleo en deportistas de alto nivel.

El Gabinete de Ayuda al Deportista pretende trasladar a todos los deportes la tarea de intermediación y representación que, en cada deporte, realizan desde hace años asociaciones como la de ciclistas profesionales, jugadores de baloncesto, fútbol, fútbol sala, atletismo o balonmano.

El objetivo es que el deportista tenga un apoyo, asesoramiento y respaldo a la hora de reclamar ante el sistema deportivo español (Federaciones nacionales o autonómicas, Comité Olímpico Español, Consejo Superior de Deportes, ADO, etc) aquellos aspectos en los que se vea perjudicado como, por ejemplo, inclumplimientos de reglamentos federativos, impagos de ayudas, mobbing deportivo, restricciones en la representación internacional en competiciones oficiales con el equipo nacional, y todos aquellos que puedan suponer, además de un agravio para el deportista, un problema o una dificultad al ser planteados directamente por el mismo deportista ante dichas instancias.


La verdad es que el objetivo es ambicioso, y más teniendo en cuenta que por parte del CSD sólo existe "buena voluntad", ya que no se aplican recursos a dicho Gabinete corriendo con los costes de atención y estructura la Asociación de Deportistas, que, a cambio, pedirá a los deportistas, no en primera instancia, pero si en caso de prestarles ayuda, que se unan a la misma.


A pesar de todo lo positivo de la noticia, lo que me ha llamado la atención es el titular de la misma que se publicó en el portal del CSD y que ha tenido su eco en la prensa:


"Nunca más un deportista español se quedará sin representar a nuestro país por motivos económicos".

 En boca de Miguel Cardenal, Presidente del Consejo Superior de Deportes, parecen grandilocuentes, pero los que estamos "a pie de pista" sabemos que vacías, más si cabe cuando fin de semana sí y fin de semana también, vemos como las selecciones incompletas o ausencias en competiciones internacionales de nuestros deportistas, a pesar de cumplir con los requisitos deportivos, ya exigentes, de comités organizadores internacionales se suceden. O las dificultades para cumplir con los exigentes calendario de clasificación para campeonatos internacionales o los próximos JJOO aumentan.

Más que nada porque ya hemos visto cuál es la solución por parte de las federaciones, CSD y COE a la hora de gestionar el tema de la representación de España... si hay menos dinero, se ponen criterios más "difíciles" y así van menos deportistas. O, directamente, se dice que determinadas competiciones no son prioritarias en la programación cuando sabemos que, en el fondo, es que no hay dinero. Da igual que los deportistas las estén preparando como objetivos de su temporada o que cumplan los requisitos deportivos que exigen los comités organizadores.






http://www.csd.gob.es/csd/documentacion/01GabPr/Novedades/cardenal-nunca-mas-un-deportista-espanol-se-quedara-sin-representar-a-nuestro-pais-por-motivos-economicos?utm_term=deporte&utm_content=deporte&utm_source=twitter&utm_medium=twitter