Comparto esta información que me parece muy interesante por las ayudas que se plantean a deportistas mujeres que les permitan o ayuden a compatibilizar su carrera deportiva de alto nivel con el desarrollo de la maternidad.
Pero también quiero aprovechar para hacer una reflexión.
La situación en la que se encontaban hasta ahora las deportistas que decidían hacer una pausa en sus carreras deportivas de alto nivel por la maternidad. Ya nos demuestran cada día que se puede volver al máximo nivel tras ser madre, pero era una decisión que les enfrentaba a un abismo,a parte de la incertidumbre de la vuelta al máximo nivel deportivo, de pérdida de ayudas y apoyos (Patrocinadores/clubes) al verse obligadas a dejar de competir durante un largo periodo de tiempo.
Recordemos que nuestra actual Ley del Deporte 10/90 del año 1990 impide que las relaciones entre federaciones y deportistas sean laborales por lo que las deportistas y los deportistas, nos encontramos en un limbo en el que los derechos suelen pasar desapercibidos, como por ejemplo las bajas por maternidad u otras prestaciones de ese ámbito.
Ahora esperemos que todas las deportista de alto nivel que haya sido madre en 2014 o que tenga hijos menos de 3 años en 2015, tengas esta información y puedan, hasta el 23 de junio, solicitar la ayuda que les pueda corresponder.
La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de
ayudas a mujeres deportistas con licencia federativa en vigor que hayan sido
madres en 2014 o que tengan hijos menores de 3 años a cargo de personal
cuidador o en centros educativos infantiles a lo largo de 2015, con el fin de
facilitar la conciliación de su vida deportiva y personal.
Para ello se financiarán las situaciones descritas a
continuación:
1. Ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento en el año
2014 para mujeres Deportistas de Alto Nivel (DAN).
2. Ayuda para el cuidado de hijos menores de tres años
matriculados en centros educativos infantiles o a cargo de personal cuidador,
durante el año 2015, a mujeres deportistas integrantes de selecciones
nacionales.
Tercero. Cuantía e imputación presupuestaria.
El importe máximo de las subvenciones que se podrán conceder
con cargo a la presente convocatoria viene determinado por la dotación asignada
al CSD en la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2015, en las siguiente aplicación presupuestaria:
Programa 336A, concepto 486.06: 57.530 € a Ayudas sociales a
mujeres deportistas, con arreglo a la siguiente distribución: 336A-486.06.
Hasta 36.000 euros: A deportistas de alto nivel por
nacimiento, adopción o acogimiento en 2014.
Hasta 21.530 euros: A deportistas integrantes de selecciones
nacionales por cuidado de hijos menores de tres años matriculados en centros
educativos infantiles o a cargo de personal cuidador en el año 2015.
Cuarto. Requisitos de los beneficiarios.
Podrán resultar beneficiarias de las ayudas convocadas por
medio de la presente Resolución, aquellas deportistas que cumplan los
siguientes requisitos en el momento de finalización del plazo de presentación
de solicitudes:
– Que se encuentren en activo, con licencia federativa en
vigor. Dicho requisito deberá ser acreditado mediante documento escrito por
parte de su Federación.
– En el supuesto de solicitar ayuda por nacimiento, adopción
o acogimiento, además de lo anterior, deberán acreditar que ostentan la
consideración de deportistas de alto nivel, en virtud del Real Decreto
971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
– En el supuesto de solicitar ayuda para cuidado de hijos
menores de tres años, además del primero de los requisitos, deberán acreditar
que son deportistas de equipo nacional con un mínimo acreditable por su
federación de 10 internacionalidades o hayan participado en Campeonatos de
Europa, Campeonatos del Mundo o JJ.OO. representando a España.
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
1. La solicitud y documentos que han de acompañar a la
misma, se encuentran disponibles en el Catálogo de Trámites de la Sede
Electrónica del CSD, trámite número 202439. Deberán presentarse en el plazo de
15 días contados a partir del siguiente a la publicación en el «BOE» de la
presente Resolución. (Hasta 23 de junio de 2015)
2. Las solicitudes podrán presentarse de modo físico o
telemático y deberán dirigirse a la Dirección General de Deportes del CSD. La
presentación de modo físico en soporte papel deberá ser firmada por la
solicitante. Podrá realizarse personalmente o por correo certificado ante el
Registro General del CSD, calle Martín Fierro, número 5, 28040 Madrid, o en
cualquiera de los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común.
Sexto. Formato y contenido de la solicitud.
Las ayudas contempladas en la presente convocatoria deberán
solicitarse mediante el modelo normalizado de solicitud disponible en la Sede
Electrónica del CSD.
Dicha solicitud, además, deberá ir acompañada, según la
petición que se realice, de los siguientes documentos:
1. Ayuda por nacimiento, adopción o acogimiento en el año
2014:
– Copia compulsada del Libro de Familia o Certificación
literal de nacimiento, adopción o acogimiento del hijo del Registro Civil.
2. Ayuda para el cuidado de hijos menores de tres años
matriculados en centros educativos infantiles o a cargo de personal cuidador,
durante el año 2015:
– Copia compulsada del Libro de Familia que acredite la
filiación del hijo o Certificación literal de nacimiento, adopción o
acogimiento del hijo del Registro Civil y
– Certificación expedida por el centro o guardería donde
haya asistido el hijo o certificación de alta en la Seguridad Social de la
persona encargada del cuidado del menor.
Asimismo se acreditará la identidad de la solicitante que
podrá llevarse a cabo mediante:
– Aportación de la fotocopia compulsada del Documento
Nacional de Identidad en vigor o
– Autorización expresa al CSD para consulta de los datos de
identidad, a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad
establecido por el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril y por la Orden
PRE/3949/2006, de 26 de diciembre.
Octavo. Criterios de valoración.
1. Las solicitudes que se presenten relativas a los puntos 1
y 2 del apartado primero podrán ser objeto de financiación siempre que se
cumplan las condiciones previstas en esta Convocatoria.
2. La cantidad contemplada en el apartado tercero para esta
modalidad, ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento en el año 2014, tendrá
un límite máximo de 3.000 euros por beneficiaria, sin perjuicio de lo dispuesto
en el punto cuarto de este apartado.
3. La cantidad contemplada en el apartado tercero para esta
modalidad de ayuda para el cuidado de hijos menores de tres años matriculados
en centros educativos infantiles o a cargo de personal cuidador, durante el año
2015, tendrá un límite máximo de 1.100 euros anuales, a razón de 100 euros al
mes, por hijo menor de 3 años. Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto cuarto
de este apartado. El cálculo se realizará de forma proporcional al número de
meses en que se cumplan los requisitos (considerando un mes al año de
vacaciones), incluido el mes de nacimiento y no computando el mes de cumplimiento
de los 3 años.
4. En el caso de que la cantidad total susceptible de ser concedida
supere la cantidad total disponible, se aplicarán los siguientes criterios:
a) Ayudas por nacimiento, adopción o acogimiento: la
cantidad total disponible paraeste grupo (36.000 euros) se prorrateará en igual
cuantía entre el número total de beneficiarias resultantes.
b) Ayudas por cuidado de hijos menores de tres años: la
cantidad total disponible para este grupo (21.530 euros) se prorrateará entre
el conjunto de todas las mensualidades de todas las deportistas beneficiarias,
reduciendo proporcionalmente los 100 euros inicialmente previstos por cada mes,
de manera que los límites máximos resultantesvez minorados no sobrepasen, en su
totalidad, la cuantía total disponible.
Noveno. Resolución.
El plazo máximo para la resolución del procedimiento será de
cuatro meses, computados a partir del día siguiente a la fecha en que termine
el plazo de presentación de solicitudes (24 de octubre de 2015), entendiéndose desestimada una vez
transcurrido el plazo máximo sin haberse notificado la resolución, de conformidad
con lo previsto en el artículo 25.5 de la LGS.
Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta
para la obtención de la subvención, deberá ser comunicada al CSD.
Undécimo. Forma de justificación y pago.
El pago de la ayuda se realizará previa justificación.
Las situaciones comprendidas en el punto 1 del apartado
primero (nacimiento, adopción o acogimiento) no requerirán otra justificación
que la acreditación mediante la presentación de la documentación exigida en
esta convocatoria.
Las situaciones comprendidas en el punto 2 del apartado
Primero (cuidado de hijos menores de tres años) se justificarán mediante la
presentación del original o copia compulsada de los pagos realizados al centro
educativo o a la persona encargada del cuidado del hijo. El plazo límite para
presentar la justificación será el 5 de diciembre del 2015.
El pago se realizará una vez aprobada la Resolución
definitiva y realizada la aceptación por parte de la deportista.
http://www.boe.es/boe/dias/2015/06/08/pdfs/BOE-A-2015-6361.pdf
Atletas con la condición de Deportistas de Alto Nivel
Atletas con la condición de Deportistas de Alto Nivel
Nombre Apellidos C.
A. Nacimiento Fecha Fin
Alessandra Aguilar
Moran Galicia 02/06/2018
Naroa Aguirre
Camio Pais
Vasco 28/12/2018
Clara Amat
Fernandez Cataluña 24/12/2016
Ruth Beitia
Vila Cantabria 01/01/2020
Aauri Lorena Bokesa
Abia Madrid 02/07/2019
Marta Bote
Gonzalez Extremadura 28/12/2018
Berta Castells
Franco Cataluña 28/12/2018
Maria Dolores Checa
Porcel Comunitat
Valenciana 05/06/2017
Maria De Las Mercedes Chilla Lopez Andalucia 01/01/2020
Amparo Maria Cotan
Reyes Andalucia 28/12/2015
Azucena Diaz
Calvo Madrid 02/06/2018
Marta Dominguez
Azpeleta Castilla
Y Leon 02/06/2018
Teresa Errandonea
Fernandez De Barrena Pais Vasco 28/12/2018
Claudia Estevez
Martin Andalucia 24/12/2016
Nuria Fernandez
Dominguez 18/12/2017
Iris Maria Fuentes-Pila
Ortiz Cantabria 02/07/2019
Zulema Fuentes-Pila
Ortiz Cantabria 28/12/2015
Estela De Covadonga Garcia
Villalta Cataluña 28/12/2018
Laura Garcia-Caro
Lorenzo Andalucia 01/01/2020
Raquel Gonzalez
Campos Cataluña 01/01/2020
Cristina Jordan
Ordiales Extremadura 16/06/2016
June Kintana
Larraza Navarra 01/01/2020
Lorena Luaces
Barril Galicia 28/12/2018
Isabel Macias
Chow Aragon 02/06/2018
Diana Martin
Gimenez Madrid 01/01/2020
Mª Teresa Martinez
Jimenez Castilla
Y Leon 28/12/2015
Andrea Medina
Berman Madrid 28/12/2018
Concepcion Montaner
Coll Comunitat
Valenciana 18/12/2017
Digna Luz Murillo
Moreno 28/12/2015
Beatriz Pascual
Rodriguez Cataluña 01/01/2020
Irene Pelayo
Gonzalez Cantabria 16/06/2016
Ana Peleteiro
Brion Galicia 24/12/2016
Maria Jose Perez
Moreno Castilla
- La Mancha 24/12/2016
Veronica Perez
Rodriguez Asturias 18/12/2017
Judit Pla
Roig Cataluña 18/12/2017
Maria Jose Poves
Novella Aragon 02/07/2019
Natalia Rodriguez
Martinez Cataluña 05/06/2017
Lidia Rodriguez
Sierra Cataluña 02/07/2019
Ursula Ruiz
Perez Murcia 18/12/2017
Lidia Sanchez-Puebla
Fernandez Madrid 28/12/2018
Patricia Sarrapio
Martin Madrid 02/06/2018
Marta Silvestre
Soriano Aragon 02/07/2019
Julia Takacs
Nyerges 02/07/2019
Indira Terrero
Letuce 01/01/2020
Estefania Tobal
Vicente Castilla
Y Leon 16/06/2016
Maria Belen Toimil
Fernandez Galicia 28/12/2018
Ana Torrijos
Caparros Comunitat
Valenciana 28/12/2015
Sandra Yerga
Valdemoro Madrid 28/12/2015
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