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lunes, 15 de enero de 2018

Soy Deportista de Alto Nivel, ¿qué pasa con mis ayudas para cotizar en la Seguridad Social?

En este artículo me gustaría comentar las diferentes situaciones en las que se encuentran los deportistas de alto nivel, respecto a sus cotizaciones a la Seguridad Social, y cómo les afectará el RD que pone en marcha las ayudas a las cotizaciones así como los reglamentos que elabore durante 2018 para gestionar la solicitud, límites y requisitos para acceder a las mismas.


Bien, ya tenemos "dinero" para financiar las cotizaciones de los deportistas de Alto Nivel españoles gracias a los derechos de retransmisión del Fútbol (Para que luego algunos echen pestes de los futbolistas :-P)

Vamos a echar unas cuentas, según los datos de 2017 de los ingresos de clubes de 1ª y 2ªA por los derechos de retransmisión se recaudaron 1387 millones de € por lo que el "hasta 1% que se podría dedicar a las cuotas de la Seguridad Social de los DAN" hablamos de 13,87 Millones de €.

En estos momentos hay unos 4000 Deportistas de alto nivel en vigor y tomando como referencia la cuota de autónomo por la base mínima en 2018, unos 300€ redondeando al alza, hablamos de 3.600€/año/Deportista de alto nivel que daría un montante de 14,4 millones de €. Por lo que podemos decir que hay capacidad para cubrir esta necesidad al completo y más teniendo en cuenta que, ni de lejos, se va a llegar a esas cifras (4000 deportistas) ya que muchos de esos deportistas no podrán tener acceso a dichas ayudas por diferentes motivos.

Habrá que esperar a los informes del CSD y a las cuantías solicitadas a la LFP para saber si se cubrirán la totalidad de las cotizaciones o con qué limitaciones o topes.


Pero vamos paso por paso, ¿qué criterios podemos definir según la normativa aprobada en el RD?

1- Tipo de DAN: Se excluyen futbolistas con contrato por equipos o filiales de la LFP.
2- Tipo de cotización del deportista en 2018: Cuenta ajena Ordinaria, Cuenta ajena según 1006/1985, Cuenta propia, Cuenta propia convenio especial DAN.
3- Ingresos de los deportistas. Tope máximo de ingresos anuales fijado por el CSD sin contar los ingresos exentos de IRPF (Becas ADO, ...)
4- Acreditación de "actividad principal de la práctica deportiva" en el momento de obtención del reconocimiento DAN.

Con estos requisitos y teniendo en cuenta las limitaciones presupuestarias que puedan surgir de las cuantías que se soliciten por parte del CSD a la LFP, podemos encontrarnos con las siguiente causística:

NO PODRÁS DISFRUTAR DE ESTAS AYUDAS SÍ:

a) Eres jugador de fútbol (11), eres DAN y juegas en algún equipo de la LFP (1ª y 2ªA o filiales de estos, masculinos o femeninos) no podrás beneficiarte de estas ayudas. (Criterio 1)

b) Eres un deportista de alto nivel que, además de tu actividad deportiva, desarrollas un trabajo por cuenta ajena que no está dentro del ámbito del RD 1006/1985 sobre las relaciones laborales de los deportistas profesionales, salvo que estés dado de alta como autónomo por cuenta propia, no podrás beneficiarte de estas ayudas. (Criterio 2).

Quizás deportistas de alto nivel que trabajen por cuenta ajena a jornada parcial o de forma intermitente o eventual, pueda interesarles darse de alta como autónomos con el objetivo de aumentar si "tiempo de cotización", pero los que estén cotizando ya por cuenta ajena a tiempo completo, probablemente no tengan interés en darse de alta por cuenta ajena (Doble cotización) ya que no aumentarán sus bases de cotización ni tiempos.

c) Eres un deportista de alto nivel, dado de alta como autónomo, ya sea por el convenio DAN o el normal, o por cuenta ajena dentro del 1006/1985, pero tus ingresos anuales, sin contar las Becas y premios exentos de IRPF que recibes del CSD/COE/Federaciones nacionales, superan el tope definido por el CSD para disfrutar de estas ayudas. (Criterio 3)

d) Eres un deportista de alto nivel, dado de alta como autónomo, ya sea por el convenio DAN o el normal, o por cuenta ajena dentro del 1006/1985, tus ingresos anuales, sin contar las Becas y premios exentos de IRPF que recibes del CSD/COE/Federaciones nacionales, no superan el tope definido por el CSD para disfrutar de estas ayudas, pero "alguien" (CSD, Federaciones, ...) acredita que la práctica deportiva no era tu "actividad principal" en el momento que obtuviste tu reconocimiento como DAN.(Criterio 4).

e) También debemos excluir a los deportistas de alto nivel menores de edad que no tengan un contrato como deportistas profesionales (Bajo el 1006/1985) ya que no podrán darse de alta como trabajadores autónomos. Y a los menores de 16 años en todos los casos ya que el Estatuto de los Trabajadores impide la firma de contratos laborales para menores de esa edad.


Si no estás en ninguno de estos supuestos, BIEN, lo mismo podrás aprovecharte de estas ayudas ;-)

Empezaremos por el más sencillo

SÍ PODRÁS DISFRUTAR DE ESTAS AYUDAS:

I) Eres un Deportista de Alto Nivel en vigor, mayor de edad, no tienes ninguna actividad profesional más allá del deporte (Acreditación por parte de quien corresponda), ni tus ingresos superan el tope estipulado por el CSD y no cotizas a la Seguridad Social en ningún régimen.

En este caso, lo recomendable, si quieres disfrutar de estas ayudas, sería darse de alta en el régimen general de autónomos, ya sea en el convenio especial DAN o en el general de autónomos.


II) Eres un Deportista de Alto Nivel en vigor, mayor de 16 años, tienes una relación laboral profesional (Bajo el 1006/1985) con tu club y tus ingresos no superan el tope estipulado por el CSD. 

En este caso podrás solicitar las ayudas que cubrirán la parte de la aportación del trabajador a la Seguridad Social, un 4% aproximadamente de la nómina en bruto.


III) Eres un Deportista de Alto Nivel en vigor, mayor de 18 años, tienes una relación laboral por cuenta ajena pero no bajo el 1006/1985, consigues la acreditación de que la práctica deportiva era tu actividad principal cuando obtuviste la condición DAN y no superas el tope de ingresos anuales definido por el CSD.

Si tu relación laboral, fuera del deporte, no es a tiempo completo o esta es eventual o esporádica (No continua) tendrías que valorar el interés de darte de alta como autónomo (Pluriactividad) optando a dichas ayudas para complementar el tiempo de cotización.

IV) Eres un Deportista de Alto Nivel en vigor, mayor de 18 años, estás cotizando como autónomo, en cualquier convenio, consigues la acreditación de que la práctica deportiva era tu actividad principal cuando obtuviste la condición DAN y no superas el tope de ingresos anuales definido por el CSD.

En este caso podrás solicitar las ayudas para cubrir total o parcialmente el coste de tus aportaciones a la Seguridad Social.



Como resumen, probablemente los 4072 deportistas con la condición de Alto nivel en vigor en 2018, tras los apartados anteriores, queden en muchos menos pero esperemos que sean muchos más los DAN que coticen a Seguridad Social durante su trayectoria deportiva, a ser posible el 100% durante todo el periodo de su condición DAN

Estaría bien que el CSD publicara los datos, en conjunto, de los DAN que a 31 de diciembre de 2017, cotizan a la Seguridad social, cualquiera que sea su modalidad, y los datos dentro de un año cuando se hayan puesto en marcha las ayudas



Os dejo los enlaces a diferentes artículos para que podáis ampliar la información:


Por qué los menores de edad no puede cotizar como autónomos: 
http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/RegimenesQuieneslos10548/RegimenEspecialdeTr32825/index.htm#32827

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